Comité Técnico
A partir del Decreto Nº984/1992, se aprueba la estructura organizativa de CONADIS y se establece en su artículo 8º la asistencia de un Comité Técnico y un Comité Asesor.
El artículo 3º del Decreto Nº678/2003, sustituye las funciones y deberes establecidos por el Decreto Nº984/1992 para este Comité:
"a) Asistir a la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS en todas las responsabilidades interjurisdiccionales públicas, nacionales y del Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, tendientes a la integración social de las personas discapacitadas.
b) Presentar información periódica, con la frecuencia que establezca el Presidente de la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS, sobre la situación real de los servicios brindados a las personas con discapacidad.
c) Coadyuvar en la instrumentación, en cada organismo competente del PODER EJECUTIVO NACIONAL, de las medidas que surgen de la aplicación de la Ley Nº 22.431 (Sistema de protección integral de las personas discapacitadas) y de los marcos normativos vigentes.
d) Proponer anteproyectos destinados a intensificar, ampliar o perfeccionar la atención de las personas con discapacidad para la elaboración de un plan nacional de asistencia y apoyo orientado a ellas.
e) Intervenir en el examen y formulación de propuestas destinadas a atender las situaciones que exijan una acción coordinada de las entidades públicas y privadas dedicadas a la atención de la discapacidad.
f) Intervenir como nexo de comunicación entre la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS y las áreas representadas en el Comité Técnico, la que se canalizará, en primer término, con intervención del Delegado del área correspondiente”
ORGANISMOS QUE INTEGRAN EL COMITÉ TÉCNICO DE LA CONADIS (enlaces externos)
- SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION
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